Vecinos y alcalde de la comuna de Florida, Jorge Roa, se reunieron con el director de la Superintendencia de Electricidad y Combustible, SEC, Manuel Cartagena. Esto debido a que con posterioridad a los cortes del 24 y 25 de diciembre ha existido una seguidilla de cortes.
Ante esta situación, se solicitó una audiencia que tiene como objetivo entregar más antecedentes sobre daños causados, exponer el no cumplimiento de contrato entre Frontel y sus clientes, entre otros temas.
Cabe destacar que el corte de luz en sectores rurales de Florida implica el desabastecimiento de agua (por la utilización de punteras), quedar desprovistos de este insumo en caso de incendio, perder conectividad de celulares, interrupción de cadena de frío de alimentos, así como poner en riesgo la vida de las personas electrodependientes, entre otros perjuicios.
El alcalde de Florida, Jorge Roa, manifestó que “nosotros somos una comuna con casi un 70% de ruralidad, por lo tanto, se corta la energía y se corta el agua, se pierde la cadena de frío de las personas en sus hogares, también quienes tienen locales comerciales, generando un efecto colateral. Por lo tanto, exigimos que las multas y sanciones no solo vayan solo desde el punto de vista económico hacia el Estado”.
Por su parte, Manuel Cartagena, director de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), manifestó que quienes se vean afectados por los cortes, “la idea es que presenten los reclamos del caso, también se derivaron los antecedentes a Sernac para efecto de que pudieran realizar los procesos de mediación colectiva que admiten la ley del consumidor”.
Cabe destacar que la SEC ya había informado que la reglamentación eléctrica no contempla cortes de suministro preventivos, estableciendo en cambio, entre los deberes de las empresas concesionarias de servicio público de distribución eléctrica, la obligación de continuidad de servicio (Art 131 de la LGSE), que establece la obligación de suministrar energía de manera continua e ininterrumpida, salvo un acotado número de excepciones reglamentarias, entre los que no se cuenta un corte preventivo como el dispuesto por FRONTEL. Haciendo presente que los cortes de suministro asociados a labores de mantenimiento, deben ser informados a los usuarios con a lo menos 72 horas de anticipación.
Por esta razón, la Superintendencia, mediante el oficio del Ant c), formuló cargos a la empresa FRONTEL por incumplimiento a las disposiciones reglamentarias asociadas, a lo que se agrega que la medida adoptada por FRONTEL no fue materia de instrucciones o protocolos definidos por SENAPRED, como organismo a cargo del control y gestión del riesgo.